Carta al diario La Hora de Quito

Quito, 15 de Septiembre de 2009

Al Diario La Hora

El día 13 de Setiembre, en su edición electrónica publican una relación con todos los nombres y cédulas de ciudadanos nacidos en Cuba que viven o han vivido en el país. El artículo se llama “Aumenta llegada de Cubanos” puede verse en esta URL http://www.lahora.com.ec/frontEnd/main.php?idSeccion=931126

Tanto en la página principal de su periódico en formato digital de ese día, como en una parte de este artículo existe un enlace que indica Nómina de cubanos en el país, el cual enlaza a la URL http://www.lahora.com.ec/frontEnd/images/objetos/Cubanos.TXT donde se expone línea por línea: cédula;código de verificación;apellidos y nombres;sexo;e información del estatus de la persona, lista donde aparecen nuestros datos.

De acuerdo al derecho de Hábeas Data, del cual pueden obtener información en http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com_content&task=view&id=2591&Itemid=426 y basados en este concepto, artículo b, exigimos la supresión de nuestra información de identidad publicada el Domingo 13 de Setiembre del presente año en la versión electrónica de su diario y de ser el caso en su versión escrita; por estar ligado a nuestro derecho a la intimidad y la no discriminación, dado que NO le hemos solicitado ni autorizado por ningún medio ni al Consejo Editorial ni a periodista alguno de su diario, la publicación de nuestros datos personales.

Esta solicitud también la hacemos basados en el conocimiento de que en esta lista existen datos de personas que ya no viven en este hermoso país, o han fallecido (por mostrar sólo dos casos de los muchos encontrados ejemplificamos con: ZAMORA ORTIZ JOSEFA MIGDOLIDIA fallecida hace unos años y ANACHE PUPO ILVER no reside hace 9 años en el país) lo cual demuestra la desactualización de la información que han publicado que incluso podría conducir a falsos supuestos.

Pensamos que este tema debe analizarse integralmente valorando opiniones de todas las partes involucradas, por ejemplo podemos ayudarles con información de contacto o datos para encontrar:

  • Casos de éxito de empresas de cubanos que han ayudado a crear puestos de trabajo de forma directa o indirecta a nacionales del país
  • La directa relación que existe entre la masiva visita de cubanos para hacer comercio con el incremento del movimiento de ciertos sectores de la economía local (que incluso generan además trabajo e impuestos).
  • precisiones sobre el estatus de los cubanos que pasamos más de un año viviendo fuera del país los cuales perdemos, en Cuba, los derechos ciudadanos: como por ejemplo a votar, ser elegidos, residir sin previo proceso de avecinamiento, a la libreta de racionamiento, a militar en organizaciones de cualquier tipo incluído los CDR que se indican en el artículo, etc.

Estamos de acuerdo con la libertad de expresión pero sin estigmatizar a un grupo de seres humanos por lo que queremos dejar constancia de nuestra intención de ser tratados como la Constitución de la República lo establece, como un ciudadano, residente o turista más dado que nosotros cumplimos con nuestras obligaciones y deberes en el país. No compartimos ninguna generalización que en artículos de prensa apreciamos incompletos y que incluso podrían hasta considerarse xenofóbicos.

Comprendemos, pues es naturaleza humana, que pueden, existen y van a existir malas y buenas personas sea cual fuera su nacionalidad y que muchos de ellos no comprenden cómo hacer respetar sus derechos y deberes por falta de información o desconocimiento; además que la migración es un tema natural, defendido y protegido por las leyes internacionales y utilizado por personas de todo el planeta, incluso los nacidos en Ecuador.

Solicitamos respuesta por escrito a esta carta dirigida a los abajos firmantes a la siguiente dirección :

Isla Marchena y Granados,

Condominio “Portal de Aragón” Bloque 1 Dpto 204

Quito

Teléfono (09)9246504

Atentamente,

 

Ingenieros Ernesto Pérez Estévez         Jorge Ariel Menéndez Verdecia

0201736840                                           1803689403

como pueden apreciar, sale un enlace abajo indicando la “nómina de cubanos en el ecuador” donde se publica nuestra información personal:

Portada con texto de la hora

Listado de información personal de cubanos cedulados en ecuador publicado por el diario La Hora

2 thoughts on “Carta al diario La Hora de Quito”

  1. FINALIDAD
    La finalidad del Hábeas Data es proteger a la persona
    de los abusos que pueda sufrir respecto del llamado poder
    informático. Se entiende por tal, la producción, almacenamiento
    y transferencia de información personal que
    pueden realizar instituciones públicas y privadas, empresas
    y personas en general, en base a los avances
    tecnológicos que hoy existen.
    Tal información personal, a más de poder ser incorrecta
    o desactualizada, puede abarcar situaciones pasadas
    ya superadas, así como también ser de carácter
    sensible, esto es, referirse a las convicciones políticas o
    religiosas de la persona, a su comportamiento sexual, a su
    estado de salud, etc., información ésta que al ser
    realmente íntima no debería ser de conocimiento y manejo
    público, salvo que su mismo titular así lo acepte expresamente.
    El riesgo que tiene la persona ante el poder informático
    de las instituciones es grande, no sólo por la facilidad
    que tienen para almacenar u obtener información,
    sino por la rapidez con que ella puede ser transferida a
    cualquier parte no solo del país sino del mundo.
    Junto con lo anterior, y sin perjuicio del peligro que
    significa el registro de información falsa o errónea acerca
    de la persona, la simple manipulación de la información
    personal es en sí ya un grave riesgo para todos.
    El poder informático es grande, tanto en el proceso de
    acopio como de difusión de la información que posea; ese
    acopio y recolección de datos puede ser realizado de manera
    superficial e irresponsable, sin la debida investigación
    y revisión; así mismo, esa difusión puede ser
    realizada de manera inadecuada, desmedida o fuera de
    contexto.
    Recordemos: el registro de la información personal se
    puede realizar de manera espontánea u obligatoria, por el
    propio titular o por parte de terceros, con el consentimiento
    del dueño de la información o sin él; pero, en
    cualquiera de las circunstancias en que se dé, hay que
    respetar la veracidad de los datos y la pertinencia de su
    registro, sin que importe si inicialmente se concedió o no
    autorización para su recopilación.
    Por lo tanto, mediante esta garantía se puede articular
    a más de un acceso efectivo a la información personal
    existente en poder de terceros, el tener un control efectivo
    respecto de la calidad de información que reposa en tales
    registros, permitiendo no solo un proceso de corrección
    sino hasta de anulación y supresión de los datos
    ilegítimos.

    NORMA CONSTITUCIONAL:
    Acción de hábeas data
    Art. 92.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá derecho a
    conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e
    informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en soporte material o
    electrónico. Asimismo tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de
    información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos.
    Las personas responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con
    autorización de su titular o de la ley.
    La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin costo al archivo, así como la actualización de
    los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado
    por la ley o por la persona titular, se exigirá la adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su
    solicitud, ésta podrá acudir a la jueza o juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

  2. ya respondió la hora, en curiosa carta que leeré con detenimiendo en la noche al parecer no consideran que cometieron falla alguna, sino que al contrario dicen que hasta pueden hacer lo que hicieron

    luego les digo más, cuando le haya leído completamente.

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